La “violencia ácida” es ya un delito grave en el Código Penal de Quintana Roo, luego de que los diputados de la XVII Legislatura aprobaran su inclusión. Hasta la fecha, sólo Puebla y Oaxaca han tipificado este tipo de violencia como delito equiparable a una tentativa de feminicidio. El victimario podría alcanzar hasta 30 años de prisión. Se trata de la Ley Malena.
La violencia ácida es un tipo de violencia de género; regularmente se produce por venganza. Los agresores pretenden con esto que el rostro o alguna parte del cuerpo de la víctima quede desfigurado, provocando, en el peor de los casos, la muerte, así como daños físicos y emocionales a la víctima, quien, frecuentemente, es su expareja.
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La Ley Malena
En México se conoce ampliamente el caso de la saxofonista María Elena Ríos. Su expareja la atacó en el 2019, por lo que ella ha promovido desde entonces lo que se conoce como ‘Ley Malena’. De hecho, la activista mantuvo algunas reuniones con diputados en semanas previas para concientizar sobre el tema.
Este miércoles, los diputados de Quintana Roo aprobaron incorporar este delito al reformarse los artículos 89 y 104 del Código Penal, con el objetivo de que la violencia ácida, en donde se utilizan sustancias corrosivas, y que pongan en riesgo la vida o integridad de la víctima, se considere tentativa de feminicidio, la pena máxima son 15 años, pero podrían duplicarse.
Y es que la reforma establece que cuando el delito provoque “resección parcial o total en las mamas, alteración en el aparato genital, en las funciones de reproducción sexual o atente contra el ejercicio de la autonomía sexual, cause alguna deformidad o daño permanente en algún órgano interno, externo o ambos, provoque daños en extremidades, entorpezca, debilite u ocasione la pérdida parcial o total del oído, vista, habla o incapacidad permanente para trabajar, las penas se duplicarán”
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Yessenia murió quemada viva
“Este tipo de violencia ocurrió en Playa del Carmen hace un mes, con gasolina”. La diputada Mildred Ávila recordó el caso de Yessenia, quien murió al ser quemada viva con gasolina. El hecho sólo era considerado una lesión grave en el caso de que la víctima sobreviviera.
“La persona lo que busca es mostrar su control, mostrar que es de su propiedad. Entonces parte del debate fue analizar y revisar las condiciones en las que se da la violencia ácida”, precisó.
Quintana Roo aprueba Ley Malena
El artículo 104 BIS queda de la siguiente manera: “A quien por si o por interpósita persona, con la intención de infligir lesión que genere cualquier clase de daño permanente o deje huella material en el cuerpo de una persona, utilizando cualquier sustancia corrosiva, ácida o agente físico que genere alteración en la salud o integridad física de la víctima, se le sancionará con una pena de 10 a 15 años de prisión y de 300 a 700 días multa (…) En los casos donde la conducta descrita en el párrafo anterior se realice con el objetivo de privar de la vida o producir un daño irremediable a la mujer por razón de género, se considerará tentativa de feminicidio”.