En Nuevo León, el Congreso aprobó sancionar mutilaciones estéticas en perros y gatos, como cortarles la cola, las orejas o tatuarlos.
¿Qué se sabe de la prohibición en Nuevo León a mutilaciones estéticas en perros y gatos?
El Congreso de Nuevo León aprobó, por unanimidad de votos, la reforma a la Ley de Protección y Bienestar Animal, con el fin de sancionar a quien incurra en mutilaciones estéticas en los animales de compañía.
De esta forma, se podrá sancionar a los dueños de perritos y gatos, en su mayoría, que perforen, mutilen o tatúen a sus animales de compañía, bajo el argumento de evitar daños físicos en las especies. El Pleno legislativo aprobó este miércoles la reforma a la Ley de Protección y Bienestar Animal para la Sustentabilidad del estado.
Con esta reforma, el artículo 27 quedará de la siguiente forma:
“Será sujeto de sanción cualquier acto de maltrato o crueldad contra los animales, cuando afecten su salud o apariencia física, altere su comportamiento o instinto natural o le causen la muerte. Salvo que sea por cuestiones de salud, control natal, identificación o marcaje de la especie de que se trate, o sea por motivos de piedad, lo cual deberá acreditarse”.
Las sanciones no están especificadas; sin embargo, las penas por incurrir en un delito marcado en la Ley de Protección y Bienestar Animal para la Sustentabilidad del Estado de Nuevo León van desde una multa de 50 a 10 mil veces la Unidad de Medida (desde 7 mil 145.16 pesos hasta un millón 429 mil 32. 94 pesos), así como los cierres de los lugares o clausuras.
La iniciativa la impulsó el coordinador legislativo de los diputados del Partido Revolucionario Institucional (PRI) en el estado, Heriberto Treviño, junto con la activista Claudia Tapia. En el texto se estableció que la crueldad animal, parcial o total contra el cuerpo de los seres vivos, será sancionada.