Desde el 5 de enero pasado, las trabajadoras en Nuevo León tienen un nuevo derecho: solicitar un permiso laboral menstrual, gracias a la modificación en la Ley del Servicio Civil, publicada por el Gobierno Estatal en el Periódico Oficial.
El decreto gubernamental altera las fracciones XIX y XX del artículo 36, añade el artículo 24 Bis 7 e introduce la fracción XXI al artículo 36. Estos cambios permiten a las mujeres solicitar licencia menstrual laboral para ausentarse en caso de enfrentar problemas de salud durante su periodo menstrual.
¿Qué establece el decreto?
Específicamente, el decreto establece que las trabajadoras con diagnóstico de endometriosis severa o dismenorrea primaria o secundaria en grado incapacitante pueden ausentarse hasta por dos días. Este tiempo puede ser sustituido por trabajo a distancia mediante tecnologías de información y comunicación.
En situaciones donde el trabajo no pueda realizarse a distancia, las mujeres pueden dejar de laborar hasta dos días, siempre que presenten justificación médica.
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¿Qué se necesita para ejercer este derecho en Nuevo León?
Para ejercer este derecho, se requiere un certificado de salud expedido por médicos de la institución de seguridad social del Gobierno estatal o municipal. Los certificados de médicos particulares deben incluir nombre, número de cédula profesional, fecha y estado de salud de la trabajadora.
Los días utilizados tendrán goce de sueldo y no afectarán las prestaciones laborales establecidas en las leyes de Servicio Civil y Federal del Trabajo.
Esta medida coloca a Nuevo León entre las entidades que buscan apoyar a las trabajadoras que enfrentan dismenorrea incapacitante.