El Gobierno del estado de Coahuila alertó a la ciudadanía en general por la peligrosidad que representa el uso de productos milagro (y que su base es el dióxido de cloro) contra el coronavirus COVID-19; por lo que, advirtió que la persona que sea sorprendida promoviendo este tipo de formulación en medicamentos, será acreedora a sanciones.
- Su uso indebido representaría un riesgo para la salud de quienes lo consumen.
“La Secretaría de Salud de Coahuila informa que, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS), no ha autorizado registros sanitarios de medicamentos que contengan en su formulación las sustancias de Dióxido de Cloro, Clorito de Sodio o sus derivados.”
Gobierno de Coahuila.
Así, con base a la dicho por la Cofepris, la autoridad estatal dio a conocer que de momento no existe evidencia que determine el uso de este tipo de productos milagro para el tratamiento de pacientes con coronavirus COVID-19.
¿Por qué son un riesgo los productos milagro para tratar el COVID-19?
La Secretaría de Salud de Coahuila detalló que los productos milagro contra el COVID-19, suelen tener como base el Dióxido de Cloro, que es un gas de color amarillo o amarillo-rojizo utilizado como blanqueador en la fabricación de papel y en el proceso de tratamiento de agua.
Al entrar en contacto con el agua, reacciona para formar iones clorito. Ambas sustancias químicas son altamente reactivas, y al ser ingeridas pueden provocar:
- Irritación de la boca y el estómago.
- Náuseas.
- Vómito.
- Diarrea.
Por lo tanto, el gobierno estatal no recomienda el uso de los siguientes medicamentos: Arbidol, Oseltamivir, Ivermectina, Azitromicina, Nitazoxanida, Factor de trasferencia, Colchicina, Antioxidantes, Nanomoléculas de cítricos, Dióxido de cloro. Tampoco el uso de inmunoglobulina intravenosa ni de interferones.
¿Cuáles son las sanciones por promover productos milagro en Coahuila?
Las autoridades de Coahuila advirtió que las personas o establecimientos que promuevan el uso de los llamados productos milagro contra el COVID-19, se harán acreedores a las sanciones establecidas en la Ley General de Salud Federal y Estatal. Dichas sanciones van desde:
- El aseguramiento del producto (Artículo 414 Bis).
- Consecuencias penales, entre ellas prisión a los responsables (Artículo 465).
“Si alguna autoridad promueve estas acciones y genera alguna afectación a la salud de los pacientes (infectados o no), deberá ser penalizada de acuerdo a estos parámetros. Los denominados productos milagro ostentan una clasificación errónea, que los ubica como suplemento alimentario o remedio herbolario, y quienes los producen exageran en sus características, y llegan incluso a atribuirles cualidades preventivas o curativas sin tener el aval oficial.”
Gobierno de Coahuila.
¿Alcalde en Coahuila ofrece tratamientos con Dióxido de cloro?
El pasado 19 de noviembre, Jonathan Ávalos Rodríguez, quien es alcalde de Francisco I. Madero, en Coahuila, publicó en sus redes sociales que haría la distribución de mil tratamientos con Dióxido de cloro, de forma voluntaria, a las personas que estén pasando por situaciones críticas de contagio de COVID-19, siempre respetando el libre albedrío.
Pese a las posibles sanciones, ¿cuál es la justificación del alcalde? El presidente municipal comentó que su decisión se debe a cómo habría observado la aplicación de dicha sustancia en algunos pacientes de la pandemia:
“Hay muchos médicos que estará a favor y otros que están en contra, pero pues es una alternativa muy buena, que está curando a mucha gente, me atrevo incluso a decirlo como médico y que lo vamos a implementar aquí. He decidido comprar alrededor de mil dosis para la gente de aquí de Madero, esto no es obligatorio, se lo vamos a proporcionar con la dosis requerida, con la dosis que se necesite por paciente. Solamente les vamos a pedir que nos firmen una hoja de consentimiento informado.”
Jonathan Ávalos Rodríguez, alcalde de Francisco I. Madero.