¿Son bicicletas o motocicletas? Expertos señalan vacío legal en regulación de bicis eléctricas
En la Ciudad de México, los vehículos eléctricos de dos ruedas generan incertidumbre entre usuarios y autoridades debido a un vacío legal en su regulación. Aunque tienen motor, algunos usuarios los consideran bicicletas.
“No tiene motor, tiene un centro de carga. Es de pila, de batería. Corre a unos 40”.
Arturo, usuario de vehículo eléctrico
Este debate ha llevado a especialistas a explicar las diferencias y la falta de claridad en el reglamento de tránsito.
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Vehículos eléctricos sin regulación en CDMX
Estas unidades, que circulan cada vez más en las calles de la capital, tienen motores eléctricos, pero no superan la capacidad de cinco kilowatts, lo que las excluye de ser consideradas motocicletas bajo el reglamento actual.
Rodrigo Díaz, director de Movilidad de WRI México, señala que estos vehículos están en una “zona nebulosa” en términos legales:
“El problema es que tenemos toda una serie de vehículos que están en medio de las bicicletas y las motos, que están en una nebulosa y esos son los que han crecido exponencialmente”.
Rodrigo Díaz, director de Movilidad de WRI México
¿Qué dice el reglamento de tránsito?
De acuerdo con el artículo 20 del Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, cualquier vehículo que supere los 25 kilómetros por hora requiere placas para circular. Sin embargo, estas unidades eléctricas suelen tener baterías de menor capacidad, generalmente de un kilowatt, lo que complica su clasificación y regulación.
“El problema es que la ley señala que moto solamente está superior a un kilowatt, cuando son eléctricos. Y en muchos vehículos, y usted lo puede ver en cualquier oferta que, tienen potencias inferiores, pero velocidades mayores, entonces están en una zona en que nadie sabe qué hacer”.
Rodrigo Díaz, director de Movilidad de WRI México
Seguridad al conducir vehículos eléctricos
Al margen de este debate, es recomendable portar accesorios de seguridad siempre.
“Es importante que tomes en consideración utilizar un casco, utilizar rodilleras, guantes. Mínimo para poderte desplazar. Y la otra es que, estos vehículos pueden ser muy buena opción para desplazarte en calles, en colonias donde no haya mucha convivencia con vehículos automotores”.
Miguel Guzmán Negrete, director general de PISVI MOBILITY
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En el centro de la Ciudad de México estos vehículos son muy utilizados, sobre todo por comerciantes orientales. Pero, no todos estos vehículos pueden transitar en una ciclovía.
“Es importante conocer el reglamento de tránsito y que conozcas también tu vehículo, porque si circulas a menos de 25 kilómetros por hora, puede ser considerado como una bicicleta y puedes utilizar las ciclovías, pero si eres un vehículo con mayor capacidad, entonces tienes que ocupar un carril de circulación normal”.
Miguel Guzmán Negrete, director general de PISVI MOBILITY
Unotv.com solicitó una entrevista a la Secretaría de Movilidad sobre estos vehículos, la institución respondió que aún alistan una nueva regulación al respecto.