El Gobierno de Ciudad de México informó que el jueves 31 de marzo se publicaron en la Gaceta Oficial las modificaciones al Reglamento de Tránsito, mismas que entrarán en vigor a partir de este lunes 4 de abril y que contemplan, entre otras cosas, nuevas disposiciones para remitir un automóvil al corralón.
Dichas modificaciones establecen que sólo se usará grúa para remitir el vehículo al corralón (siempre y cuando no se encuentre el conductor a bordo o se negase a retirarlo) cuando este se encuentre estacionado en:
- Vías con señalamiento restrictivo.
- Espacios para servicios especiales como frentes hidrantes, servicios y rampas.
- Cajones de estacionamiento para personas con discapacidad.
- O bien, por participar en arrancones.
Los automóviles también podrán ser remitidos al corralón por estar estacionados a 100 metros de una curva o cima sin visibilidad, a seis metros de la entrada de una estación de bomberos o vehículos de emergencia, y a 10 metros de cualquier cruce de vía férrea.
Cabe recordar que las sanciones contempladas en el Reglamento de Tránsito sólo serán impuestas a los infractores por agentes autorizados para infraccionar; en tanto que las infracciones captadas a través de sistemas tecnológicos de la ciudad consistirán en amonestaciones, cursos en línea, taller de sensibilización presencial y trabajo en favor de la comunidad.