¿Llevas a tu pareja o mascota en brazos al manejar? Conoce la multa por esta falta en la CDMX

| 17:13 | Omar Hernández Jiménez | UnoTV
Multas por llevar a tu pareja o mascota en brazos mientras manejas en la CDMX
Evita llevar en el regazo a tu mascota mientras manejas. Foto: Getty Images.

Manejar en la Ciudad de México no solamente implica contar con una licencia para conducir, sino seguir una serie de normas para evitar accidentes. Entre ellas estipula multas para quien vaya abrazando a otra persona e incluso si llevas a tu perro u otra mascota entre tu regazo.

Si eres de los que acostumbra ir romanceando con tu pareja o compartir con tu perrito o “michi” al volante, ten cuidado porque puedes ser acreedor a penalizaciones económicas, y aquí en Unotv.com te decimos a cuánto asciende.

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Obligaciones cuando manejas en la CDMX

Hay que empezar señalando que, de acuerdo con el Reglamento de Tránsito de la CDMX, en su Artículo 37, los conductores de vehículos motorizados deben sujetar firmemente, con ambas manos, el control de dirección y no permitir que otro pasajero lo tome parcial o totalmente.

Entre otras disposiciones están:

  • Asegurarse que todos los pasajeros utilicen correctamente el cinturón de seguridad, además de colocarse el propio
  • Circular con las portezuelas cerradas y, antes de abrirlas, verificar que no se interfiera en el flujo de peatones u otros vehículos
  • Encender las luces cuando disminuya sensiblemente la visibilidad por cualquier factor ambiental o por las características de la infraestructura vial
  • Colocar dispositivos de advertencia cuando por caso fortuito o de fuerza mayor se detenga en vías primarias

¿Cuál es la multa por ir abrazando a alguien o llevar a tu perro mientras manejas?

Ahora, en su Artículo 38 marca que los automovilistas “son responsables de evitar realizar acciones que pongan en riesgo su integridad física y la de los demás usuarios de la vía, por lo que se prohíbe”:

  • Llevar objetos que obstruyan la visibilidad del conductor o lo distraigan
  • Llevar objetos de gran tamaño entre la portezuela del vehículo y su costado izquierdo
  • Sostener, cargar o colocar personas o animales entre sus brazos y piernas
  • Utilizar objetos que representen un distractor para la conducción segura; tratándose de dispositivos de apoyo a la conducción como mapas y navegadores GPS, cualquier manipulación deberá hacerse con el vehículo detenido
  • Utilizar teléfono celular o cualquier dispositivo de comunicación mientras el vehículo esté en movimiento
  • Utilizar parlantes o producir ruido excesivo con aparatos para la reproducción de música
  • Transportar mayor número de personas que el señalado en la tarjeta de circulación
  • Transportar personas en la parte exterior de la carrocería
  • Instalar o utilizar televisores o pantallas de proyección de cualquier tipo de video o sistemas de entretenimiento en la parte delantera del vehículo
  • Utilizar luces auxiliares de niebla delanteras y/o traseras de día o cuando no existan condiciones adversas que limiten la visibilidad

Y ante la pregunta ¿cuál es la multa por ir abrazando a alguien o llevar a tu perro mientras manejas?, el Reglamento de Tránsito señala que hay sanciones económicas que oscilan entre:

  • 10 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente (mil 85.7 pesos)
  • 15 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente (mil 628.55 pesos)
  • 20 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente (2 mil 171.4 pesos)

*Nota. El valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) en 2024, es de 108.57 – Inegi.

Asimismo, 3 puntos a la licencia para conducir y un punto a la matrícula vehicular.