Ley Malena en CDMX: castigarán con 8 a 12 años de prisión ataques con ácido a mujeres

LEY MALENA ATAQUES ACIDO
Ley Malena endurece penas para ataques con ácido. Foto: @FuenteMarce

Con la Ley Malena, los ataques con ácido a mujeres en la Ciudad de México (CDMX) se castigarán con hasta 12 años de prisión, informó el jefe de Gobierno de la capital, Martí Batres.

La Ley Malena es un Decreto publicado en la Gaceta Oficial de la CDMX que reforma la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y el Código Penal. Tipifica el delito de violencia ácida que cause daño a la integridad de mujeres, adolescentes, niñas y niños, personas transgénero, transexuales y con discapacidad.

[TE PUEDE INTERESAR: Emiten ficha roja de Interpol contra implicado en ataque con ácido a María Elena Ríos]

Tras la publicación de la Ley Malena se tipifican como delitos los ataques hechos con las siguientes sustancias:

  • Ácido
  • Gas
  • Compuesto químico
  • Álcalisis
  • Sustancias químicas
  • Sustancias corrosivas
  • Sustancias irritantes
  • Tóxicas
  • Inflamables
  • Explosivas
  • Reactivas
  • Líquidos a altas temperaturas

Esta forma de violencia castiga de 8 a 12 años de prisión en la CDMX. Además, multas de 300 a 700 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente (UMA).

Cualquier acción u omisión que cause o busque causar daño no accidental arrojando, derramando o poniendo en contacto a la víctima con algún tipo de gas, compuesto químico, ácido, álcalis, sustancias químicas, corrosivas, cáusticas, irritantes, tóxicas, inflamables, explosivas, reactivas, líquidos a altas temperaturas o cualquier otra sustancia que por sí misma o en determinadas condiciones puedan provocar lesiones o cualquier tipo de discapacidad”.

Martí Batres, jefe de Gobierno de la CDMX

El Decreto publicado en la Gaceta Oficial de la CDMX establece que la Secretaría de Salud deberá integrar un registro de personas atendidas por violencia ácida. La Secretaría de las Mujeres, en colaboración con distintas instancias de gobierno, deberá desarrollar una política pública de atención integral a las víctimas

“De ahora en adelante, las lesiones que se causen a las víctimas con ácido, sustancias químicas o corrosivas merecerán de 8 a 12 años de prisión”.

Martí Batres, jefe de Gobierno de la CDMX

La pena aumentará en una mitad en los siguientes casos:

I. Cuando cause deformidad en el rostro, pérdida parcial o total del oído, vista, habla o incapacite de manera permanente
para realizar actividades laborales, cause alteración o daño en el aparato genital o en las funciones del ejercicio de la
sexualidad.
II. Cuando afecte, dañe, entorpezca o debilite de manera permanentemente una extremidad o cualquier otro órgano;
III. Cuando la víctima sea un niño, niña o adolescente, o
IV. Cuando la víctima sea una persona con discapacidad

Cuando las lesiones por ataques con ácido o similares sean cometidos en contra de una mujer en razón de su género, la pena establecida en el artículo anterior aumentará hasta en una mitad.

Se considera que las lesiones por ataques con ácido o similares son cometidos en razón de género cuando ocurra cualquiera de las siguientes circunstancias:

I. Si entre el sujeto activo y la víctima existe o haya existido una relación sentimental, sexual, afectiva o de confianza
II. Si entre el sujeto activo y la víctima existe o haya existido una relación laboral, docente, religiosa, institucional, de
servicio
o cualquier otra que implique, de manera formal o de hecho, una relación de subordinación o superioridad
III. Si entre el sujeto activo y la víctima existe parentesco por consanguinidad o afinidad
IV. Que previo a la lesión infligida existan antecedentes de violencia contra las mujeres o delitos de género, se hayan
cometido amenazas, acecho, acoso o cualquier tipo de violencia o acto de agresión en el ámbito familiar, laboral, docente
ejercido por parte del sujeto activo contra la mujer
V. Cuando se cometa en contra de las mujeres transexuales o transgénero, en el ámbito laboral, relaciones sentimentales o cualquier otra, por razones que deriven de su orientación sexual, identidad o expresión de género

Penas si es una tentativa de feminicidio

Este delito se considerará tentativa de feminicidio, cuando las lesiones cometidas contra la mujer provoquen:

I. Resección parcial o total en las mamas, alteración en el aparato genital, en las funciones de reproducción sexual o atente
contra el ejercicio de la sexualidad.
II. Deformidad o daño físico permanente en algún órgano interno, externo o ambos, provoque daños en extremidades,
entorpezca, debilite u ocasione la pérdida parcial o total del oído, vista, habla o incapacidad permanente para trabajar.

[TE PUEDE INTERESAR: Sentencia histórica de 46 años para el hombre que atacó con ácido a Carmen Sánchez en Edomex]

Estos delitos contra las mujeres se castigan con de 8 a 12 años de prisión en la CDMX. Además, multas de 300 a 700 veces la Unidad de Medida y Actualización vigente (UMA). A los agresores se les penará de 11 a 46 años de cárcel cuando las lesiones sean consideradas en grado de tentativa de feminicidio.

    • La nueva ley obliga a las instancias de salud a reportar ante el Ministerio Público los ataques con ácido, sustancias químicas o corrosivas.

    ¿Por qué se le llama Ley Malena?

    En el año 2019, María Elena (Malena) Ríos, una saxofonista oaxaqueña, sufrió un ataque con ácido. Tras el intento de feminicidio orquestado por su expareja sentimental, ella buscó tipificar este tipo de violencia hacia las mujeres.

    • No sólo se han considerado los ataques con ácido, también se han agregado otras sustancias químicas.

    El Congreso de la CDMX discutió la iniciativa de la llamada “Ley Malena” para modificar el Código Penal y la Ley de Víctimas y penalizar la “violencia ácida contra las mujeres”. Finalmente, el Congreso aprobó la ley.

    [¿YA CONOCES EL CANAL DE WHATSAPP DE UNO TV? Da clic aquí, síguenos y obtén información útil para tu día a día]

    Qué opinas