El pasado viernes, la Ciudad de México (CDMX) y el Estado de México (Edomex) regresaron a semáforo rojo debido al rebrote de la pandemia del nuevo coronavirus COVID-19: lo que significa cierres de comercios no esenciales.
Las autoridades tanto federales como estatales pidieron a la sociedad seguir las medidas establecidas ante el semáforo epidemiológico pero… en caso de no hacerlo ¿habrá multas?
¿Qué medidas se deben tomar ante el semáforo rojo?
Este color rojo en el semáforo COVID significa riesgo máximo. Los restaurantes para consumo en el lugar, plazas públicas, gimnasios, eventos de concentración masiva y otros espacios abiertos como parques, deberán suspender su actividad tal como se vivió hace meses en la Jornada Nacional de Sana Distancia.
Si bien la autoridad capitalina no ha informado si habrá sanción para los establecimientos o empresas que no cumplan con las medidas; durante la Jornada Nacional y la etapa del Semáforo Epidemiológico por COVID-19 se informó que:
- Se harán acreedores a multas de hasta 18 mil pesos por hacer fiestas navideñas en la Ciudad de México (CDMX) pues el artículo 87, párrafo I, de la Ley de Régimen de Propiedad en Condominio, señala que se aplicarán sanciones de 10 a 100 unidades relacionado con el salario mínimo, mismo que se ubica en 123.22 pesos.
- Además, como cada fin de semana, en la Ciudad de México (CDMX) se aplica la ley seca para determinadas alcaldías. Los consumidores que no respeten la ley seca en la CDMX podrían ser acreedores a una multa equivalente de 21 a 30 Unidades de Medida (entre mil 824 y dos mil 606 pesos), arresto de 25 a 36 horas o trabajo comunitario de 12 a 18 horas.
- Los centros nocturnos y bares que decidan abrir pese al llamado a suspender actividades, serán verificados y en todo caso suspendidos por parte del Instituto de Verificación Administrativa (INVEA)
Las patrullas de la CDMX seguirán emitiendo un mensaje a través de altavoces para informar sobre la emergencia sanitaria y hacer un llamado a permanecer en casa ante la emergencia por COVID-19.