Desde hoy, esta calle en la Doctores cambia de nombre a “Digna Ochoa y Plácido”; ve por qué

DIGNA OCHOA
Calle en CDMX llevará el nombre de Digna Ochoa y Plácido. Foto: FB/Centro Prodh

A través del cambio de nombre a una calle en la colonia Doctores de la alcaldía Cuauhtémoc, en la Ciudad de México (CDMX), a “Digna Ochoa y Plácido”, se pretende reconocer el trabajo en defensa de los derechos humanos que en vida llevó a cabo la luchadora social nacida el 15 de mayo de 1964 en Misantla, Veracruz.

La Comisión de Nomenclatura de la CDMX aprobó el acuerdo de la Comisión de Nomenclatura de la CDMX por el que se modifica la nomenclatura de la calle General Gabriel Hernández, en el tramo comprendido entre la calle Dr. Lavista y Av. Dr. Río de la Loza, por calle “Digna Ochoa y Plácido”, en la colonia Doctores, de la alcaldía Cuauhtémoc.

¿Quién fue Digna Ochoa?

La conocida defensora de derechos humanos fue integrante del equipo del Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (ProDH) y participó en la defensa de varios casos de gran relevancia en México como “La masacre de Aguas Blancas” y las violaciones a los derechos humanos de los señores Cabrera García y Montiel Flores o los señores García Cruz y Sánchez Silvestre, casos, estos últimos, que fueron posteriormente sometidos por la Comisión ante la Corte Interamericana.

La Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, ahora CDMX, en un informe especial sobre su caso de julio de 2004, se refirió al compromiso de la señora Digna Ochoa por la defensa de los derechos humanos, destacando su vocación social y sentido ético.

“La licenciada Digna Ochoa y Plácido ha sido identificada por su fuerte vocación social y amplio sentido ético. Lo que hizo en vida es motivo de reconocimiento. Su esfuerzo y compromiso constituyen un ejemplo en la lucha por la defensa de los derechos humanos, ya que ella defendió a quien pocos o nadie quería defender. Su destacada labor en la defensa de los derechos humanos la hizo merecedora de diversos reconocimientos, entre los que sobresalen la Medalla Roque Dalton, el Premio de Amnistía Internacional para Defensores de Derechos Humanos, el Premio de la Asociación de Derechos Humanos de la Barra de Abogados de Nueva York, entre otros”.

Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (ahora CDMX).

Su muerte

El 19 de octubre de 2001, a las 18:00 horas, la señora Digna Ochoa fue encontrada sin vida en el despacho de la organización “Servicios Legales de Investigación y Estudios Jurídicos A.C”.

La muerte de Digna Ochoa y Plácido tuvo repercusión nacional e internacional. Se manifestaron públicamente el entonces presidente de México, los entonces jefe de Gobierno del Distrito Federal y procurador general de Justicia del Distrito Federal, varios diputados de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, entre otros.

En el ámbito internacional fueron muchas las organizaciones que expresaron su pesar y exigieron el esclarecimiento de las circunstancias de la muerte de la defensora de derechos humanos, tales como el Gobierno francés, el Departamento de Estado de los Estados Unidos, la Organización de las Naciones Unidas (en adelante ONU) y diversas organizaciones de derechos humanos. Además, en el año 2002 recibió de manera póstuma el “International Human Rights Award” de Global Exchange y en el año 2003 recibió el Premio Internacional en Derechos Humanos “Ludovic Trarieux”.

  • La señora Digna Ochoa fue una figura emblemática en la defensa de los derechos humanos y su muerte causó una gran indignación.

Irregularidades graves en la investigación de su muerte

Entre los años 2002 y 2003, por medio de la gestión de la Comisión Interamericana y con el consentimiento del Estado, un grupo de expertos independientes fue convocado para realizar un estudio respecto de “si las pruebas técnicas realizadas en el marco de la investigación de la muerte de Digna Ochoa en las áreas de patología forense, balística y criminalística se adecuan a los estándares internacionales”.

En el referido informe se concluyó que algunas de las pruebas practicadas en el marco de la investigación “no fueron evacuadas en la investigación en forma ajustada a los métodos y procedimientos”, y ello debido a “procedimientos rutinarios y desactualizados” que realizaron los Servicios Periciales de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal y el Servicio Médico Forense del Tribunal de Justicia del Distrito Federal.

De acuerdo con lo indicado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el caso se relaciona con la alegada existencia de irregularidades graves en la investigación de la muerte de la defensora de derechos humanos Digna Ochoa y Plácido, ocurrida el 19 de octubre de 2001 y añadió que su muerte se insertaría en un contexto de hostigamientos y ataques en contra de personas defensoras de derechos humanos en México.

La Comisión concluyó que el Estado era responsable por la violación de derechos a la protección judicial y a las garantías judiciales, establecidos en los artículos 3.1 y 25 de la Convención Americana, en relación con las obligaciones establecidas en el artículo 1.1 del mismo instrumento, en perjuicio de los familiares de Digna Ochoa y Plácido, por lo que, dentro de los puntos resolutivos se estableció otorgar su nombre a una calle.

  • “Otorgar el nombre de “Digna Ochoa y Plácido” a una calle en la ciudad de Misantla, estado de Veracruz, así como en la CDMX. Para cumplir con esta obligación el Estado cuenta con un plazo de dos años a partir de la notificación de la presente Sentencia.”

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