Con 45 votos a favor, el Congreso de la Ciudad de México aprobó una nueva reforma, la cual permite que las personas menstruantes puedan obtener una licencia laboral con goce de sueldo de hasta tres días por dolores extremos.
La legisladora de Movimiento Ciudadano (MC), Verónica Delgadillo, había presentado una reforma a tres artículos de la Ley Federal del Trabajo, con el objetivo de que las mujeres y personas menstruantes que trabajan pudieran ausentarse del trabajo hasta por ocho horas al mes.
Aprueban licencia de trabajo para personas menstruantes
“Las trabajadoras y personas menstruantes gozarán de un descanso de ocho horas al mes ante la imposibilidad de llevar a cabo su jornada laboral debido a su periodo menstrual, este descanso no afectará salario, antigüedad, pago de primas, vacaciones, bonos, incentivos y otro derecho laboral adquirido”, indica la iniciativa.
La senadora Verónica Delgadillo comentó que las mujeres menstrúan en promedio 3 mil días durante toda su vida, en los cuales, además del sangrado vaginal, hay cólicos, dolor de cabeza, mareos, náuseas y hasta desmayos. Por ello, dijo que era importante reconocer un nuevo derecho laboral.
“Hoy vengo a esta tribuna a hacer una propuesta muy sencilla: que se reconozca un nuevo derecho laboral para las mujeres y personas menstruantes (…) que no haya un efecto en su salario ni en sus prestaciones, licencias o bonos, que puedan faltar con la tranquilidad de que sus derechos siguen salvaguardados.”
IMSS e ISSSTE certificarán los permisos para personas menstruantes
La reforma establece que una de las obligaciones de los patrones será otorgar este descanso de ocho horas al mes a las personas que no puedan laborar debido a su periodo, así como proporcionar productos de higiene menstrual.
Además de ello, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de Trabajadores del Estado (ISSSTE), a través de sus sitios web, emitirán los certificados correspondientes a las solicitudes de quienes requieran un descanso ante la imposibilidad de realizar su jornada laboral por su periodo menstrual.