PRD entra en periodo de prevención; INE ordena suspender operaciones financieras

El PRD, no logra alcanzar el umbral del 3% de los votos
El PRD, no logra alcanzar el umbral del 3% de los votos FOTO: Cuartoscuro

El Instituto Nacional Electoral (INE) informó al Partido de la Revolución Democrática (PRD) sobre su ingreso a un periodo de prevención, debido a que, según los resultados preliminares de los cómputos distritales, no alcanzó el 3% de la votación válida emitida en ninguna de las tres elecciones federales celebradas el 2 de junio. Este periodo de prevención es un paso previo que podría conducir a la pérdida del registro como partido político nacional.

¿Qué significa el periodo de prevención?

El periodo de prevención, conforme al artículo 94 de la Ley General de Partidos Políticos, se aplica cuando un partido, en este caso el PRD, no logra alcanzar el umbral del 3% de los votos en una elección federal. Este procedimiento incluye varias etapas, reguladas por los artículos 382 Bis al 398 del Reglamento de Fiscalización, que detallan el proceso de liquidación del partido.

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Por lo tanto, a partir de ahora el PRD deberá sujetarse a lo establecido en los artículos 385, numerales 2 y 3, y 386 del Reglamento de Fiscalización, lo cual le implica cumplir, entre otras, con las siguientes obligaciones:

  1. Sólo se podrán pagar gastos relacionados con la nómina e impuestos.
  2. Deberá suspender cualquier pago a proveedores o prestadores de servicios.
  3. No podrá celebrar contratos, compromisos, pedidos, adquisiciones u obligaciones. Las que celebre, adquiera o realice, serán nulas.
  4. Suspender pagos de obligaciones vencidas.
  5. Abstenerse de enajenar activos del partido político.
  6. Abstenerse de realizar transferencias de recursos o valores a favor de persona alguna, independientemente de que se trate de sus trabajadores, dirigentes, militantes, simpatizantes o cualquier otro tercero.
  7. Deberá entregar de manera formal, a través de Acta de entrega recepción al interventor, describiendo a detalle los activos y pasivos que constituyen el patrimonio del partido, así como las contingencias de las que se tenga conocimiento.
  8. No podrá realizar actividades distintas de las encaminadas a la recuperación de cuentas y a hacer líquido su patrimonio.

La Comisión de Fiscalización deberá designar en los próximos días a la persona que fungirá como interventora en el procedimiento de liquidación del PRD.

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