La Fiscalía española presentó este viernes 8 de septiembre una querella (una acusación presentada ante un juez o tribunal) contra el presidente suspendido de la Federación Española de Futbol (RFEF), Luis Rubiales, por los posibles delitos de “agresión sexual” y “coacciones” por el beso a Jenni Hermoso tras el triunfo de la Roja en el Mundial.
A través de un comunicado la Fiscalía General del Estado anunció que pidió “tomar declaración a Luis Rubiales, en condición de investigado, y a Jenni Hermoso como víctima”.
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No sólo fue el beso, Fiscalía investiga a Rubiales de coacción
La investigación contempla el beso que Luis Rubiales le dio a Jenni Hermoso tras la final del Mundial Femenino 2023, que puede considerarse como agresión sexual. La víctima también habría alegado que fue presionada por el presidente de la RFEF para aprobar el hecho, por lo que también será investigado por coacción.
“Jenni Hermoso refirió también en su declaración que tanto ella como su entorno más próximo sufrieron una presión constante y reiterada por parte de Luis Rubiales y el entorno profesional de éste, para que justificara y aprobara los hechos”
Comunicado de la Fiscalía General de España, retomado por AFP
La autoridad española podría contemplar que “este hostigamiento podría ser constitutivo de un delito de coacciones“, según estableció en su comunicado de este viernes.
¿Qué sigue en este caso legal?
La querella contra Luis Rubiales surge dos días después de que Jenni Hermoso lo denunciara formalmente. A partir de este momento, un juzgado de la Audiencia Nacional, instancia competente para hechos que ocurren en el extranjero, deberá decidir si admite a trámite la querella, y abre una causa sobre el asunto, o lo archiva, según AFP.
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- Desde una reciente reforma del Código Penal español, un beso no consentido puede considerarse agresión sexual, una categoría penal que agrupa todos los tipos de violencia sexual.
Las penas por un beso forzado pueden ir desde una multa hasta cuatro años de prisión, de acuerdo con el Código Penal español y su Artículo 178, referente al Capítulo I del Título VIII de Delitos contra la libertad sexual.
“Será castigado con la pena de prisión de uno a cuatro años, como responsable de agresión sexual, el que realice cualquier acto que atente contra la libertad sexual de otra persona sin su consentimiento”.
Codigo Penal de España
Sólo se entenderá que hay consentimiento cuando se haya manifestado libremente mediante actos que, en atención a las circunstancias del caso, expresen de manera clara la voluntad de la persona, según la propia legislación española.
¿Qué pasó entre Luis Rubiales y Jenni Hermoso?
Luis Rubiales provocó indignación en España y a nivel internacional por el beso que le dio en la boca sin consentimiento a la jugadora de la selección femenina el 20 de agosto, durante la entrega de medallas del Mundial en Sídney, ganado por la “Furia Roja“.
El dirigente, quien días después se negó a dimitir en un polémico discurso en el que afirmó que el beso fue “consentido” y donde cargó contra el “falso feminismo”, fue suspendido de su cargo por 90 días por la FIFA.
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La jugadora, de 33 años, afirmó posteriormente que se sintió “vulnerable y víctima de una agresión” cuando recibió el beso, que a su juicio se trató de “un acto impulsivo, machista, fuera de lugar y sin ningún tipo de consentimiento“.
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En España, el Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) le ha abierto un expediente y el gobierno español le ha solicitado que vaya más allá y suspenda además al dirigente español, quien denuncia ser víctima de un “linchamiento político y mediático sin precedentes”.
Mientras tanto, la Federación anunció el martes la destitución del seleccionador femenino, Jorge Vilda, considerado cercano a Rubiales y criticado por las jugadoras, como una de sus primeras “medidas de renovación”. Nombró en su lugar a la que era su adjunta en el banquillo de la Roja, Montse Tomé, la primera mujer en ocupar el cargo.