Razones por las que no deberías usar musgo y heno para decorar tu nacimiento: ¿es ilegal?

| 13:34 | Alfredo Narváez | PROFEPA | SEMARNAT | CONANP
¿Es ilegal usar paja o heno para el nacimiento de Navidad?
¿Es ilegal usar paja o heno para el nacimiento de Navidad? | Foto: Cuartoscuro

El uso de heno, musgo o doradilla, plantas utilizadas en los nacimientos de Navidad, está regulado por las autoridades mexicanas, debido a que se tratan de recursos con funciones benéficas para el medio ambiente, según la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT).

Razones por las que deberías evitar el heno o musgo para tu nacimiento

El musgo y el heno son elementos indispensables para la salud de los bosques, pues ayudan a evitar la erosión del suelo, a mantener la humedad y a regular la temperatura, según la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (CONANP).

“Cuidemos a los musgos y el heno, su extracción impacta en la salud de los ecosistemas. El heno aumenta la humedad de los bosques; los musgos reducen la contaminación ambiental y conservan los suelos”.

CONANP

La comisión también precisó que el musgo utilizado para el nacimiento navideño puede provenir de un Área Natural Protegida, causando posibles daños a los bosques templados donde las mariposas monarca pasan el invierno.

De manera similar, el heno que crece sobre las ramas de los árboles como cortinas colgantes también es hogar de pequeños animales y cuando se extrae de su ecosistema, tarda hasta siete años en regenerarse, según la CONANP.

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¿Qué dice la SEMARNAT sobre el musgo y el heno?

Los musgos, plantas pequeñas que carecen de tejido vascular que crecen en zonas áridas, son el segundo grupo más importante dentro de las plantas verdes y unos de los primeros organismos vegetales que ocuparon el ambiente terrestre, según la SEMARNAT.

“A nivel mundial se reconocen alrededor de 12 mil 800 especies. En México se reconocen 980 especies de musgos, de las cuales 106 especies son endémicas a nuestro país, esto es 10.8%”.

SEMARNAT

El musgo también brindan hogar y protección a invertebrados como insectos, arácnidos, rotíferos, nematodos, moluscos y anélidos. Además, es el medio de vida de microorganismos y sirve de material de construcción de nidos para varias aves y pequeños mamíferos, como el colibrí o picaflor.

La SEMARNAT señala que, tanto los musgos como el heno son recursos forestales no maderables, siendo este último una especie capaz de generar entrenudos de hasta 8 metros, captando efectivamente la humedad del ambiente.

¿Qué plantas usar en lugar del musgo o heno?

La CONANP hizo un llamado a la población a buscar alternativas sustentables para los nacimientos navideños; sin embargo, no ofreció una opción precisa de reemplazo.

Un año antes, la Alcaldía de Tlalpan, en la Ciudad de México, aconsejó el uso de los siguientes materiales para los adornos de Navidad:

  • Trozos de tela
  • Pedazos de papel
  • Trozos de acerrín

Fuente: Alcaldía Tlalpan

Estas son alternativas sostenibles y amigables con el medio ambiente, de acuerdo con la autoridad capitalina.

¿De verdad es ilegal el uso de heno y musgo en los nacimientos?

El aprovechamiento, transporte y almacenamiento de musgo, heno y doradilla no es ilegal, pero los procedimientos, criterios y especificaciones están detallados en la NOM-011-SEMARNAT-1996 de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA), la cual reconoce los daños por el uso irracional de dichas plantas.

“El aprovechamiento irracional del heno y el musgo podría ocasionar daños a los ecosistemas y perjuicios económicos a los dueños y poseedores de los terrenos en que éstos se desarrollan”.

NOM-011-SEMARNAT-1996

Por esta razón, para realizar el aprovechamiento de musgo, heno y doradilla, el interesado debe poseer un predio y presentar una notificación por escrito ante la Delegación Federal de la Secretaría en la entidad federativa que corresponda, misma que podrá ser anual o por un periodo máximo de 5 años.

Además, el uso de dichos organismos queda sujeto a los siguientes criterios y especificaciones técnicas, según la normativa:

  1. Sólo cuando las plantas estén en etapa de madurez de cosecha, seleccionadas por tamaño y características de cada especie y producto.
  2. El musgo se debe aprovechar en franjas de 2 metros de ancho como máximo, extrayendo, como máximo, el 50% de las existencias en cada sitio aprovechado para asegurar su regeneración.
    • No se puede aprovehcar el musgo de un mismo sitio hasta que se haya recuperado completamente.
    • Cuando se aproveche el musgo de orillas de caminos, ríos, arroyos y otros cuerpos de agua, se debe dejar una franja de protección mínima de 2 metros para evitar erosión.
  3. Al extraer el heno, no se debe derribar o dañar a las especies arbóreas arbustivas, ni aprovechar el producto de aquellas especies que son refugio permanente de especies de fauna silvestre.
  4. Al aprovechar la doradilla, se debe dejar, como mínimo, el 50% de plantas en cada colonia para garantizar su regeneración.
  5. Al momento de extraer las plantas, se debe tener cuidado de no levantar el suelo donde están adheridas, para no dañar las plantas que se dejarán en el terreno.

Fuente: NOM-011-SEMARNAT-1996

En el caso de las áreas naturales protegidas, el uso del musgo, heno y doradilla sólo se puede realizar con previa autorización expedida por el Instituto Nacional de Ecología, de conformidad con lo establecido en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

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