La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) recuerda a los dueños de centros laborales que, bajo ningún pretexto deben dejar de pagar el aguinaldo a sus empleados, el cual será de al menos 15 días de su salario y tiene que ser depositado antes del 20 de diciembre.
La legislación laboral establece multas entre 18 mil 260 y 365 mil 200 pesos para patrones que incumplan este derecho, lo otorguen incompleto o de forma tardía.
El titular de la STPS, Alfonso Navarrete Prida, subrayó que esta prestación la deben recibir, sin excepción alguna, trabajadores de base, confianza, planta, sindicalizados y los contratados por obra, tiempo determinado o eventuales, así como los comisionistas, agentes de comercio, seguros, vendedores y otros semejantes que se rijan por la Ley Federal del Trabajo (LFT).
Los empleados deben recibir su aguinaldo como fecha límite el 19 del mes en curso, y la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) se mantiene vigilante en esta temporada de fin de año, ya que a partir del 20 de diciembre, los trabajadores podrán iniciar el trámite de juicio o conciliación por incumplimientos.
Los trabajadores que requieran asesoría en relación a la fecha o monto del aguinaldo, la PROFEDET pone a disposición del público sus servicios de orientación gratuita a través de los teléfonos 01 800 71 72 942 y 01 800 91 17 877, o bien de manera personal en cualquiera de sus 48 oficinas con las que cuenta en el territorio nacional.
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