El Congreso de Nuevo León aprobó por unanimidad que el acoso sexual se convierta en un delito en la entidad, lo que representa tres modificaciones al artículo 271 del Código Penal; el dictamen fue avalado en lo general y en lo particular con 37 votos.
La propuesta presentada por el diputado Gabriel Tláloc Cantú señala que este delito sólo será perseguido por demanda del ofendido o de su legítimo representante, salvo que se trate de menor de edad o un incapaz en los términos del código civil del estado, en cuyo caso se procederá de oficio.
Irán a prisión quienes acosen
Asimismo indica que a quien cometa este delito se le impondrá una pena de seis meses a dos años de prisión y multa hasta de 40 cuotas. Detalla que si la víctima fuera menor de edad o persona que no tenga la capacidad para comprender el significado del hecho o de resistirlo, la pena se incrementará un tercio.
Si el acosador fuese servidor púbico y utilizara medios o circunstancias que el cargo le proporcione, la pena se incrementará un tercio y se le destituirá de su cargo.
Además, tratándose de delitos sexuales, se incrementará la pena en una mitad más, cuando se utilice el internet, o cualquier otro medio de comunicación electrónica, radial o satelital para contactar a la víctima.
¿Quiénes comenten acoso sexual?
De acuerdo con esta propuesta, comete el delito de acoso sexual quien por cualquier medio con fines lascivos asedie, acose, se exprese de manera verbal o física o se aproveche de cualquier circunstancia de necesidad o de desventaja de la víctima, a una o más personas de cualquier sexo.
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